Desde 2015, con la introducción de la Ley de Jurisdicción Voluntaria en España, los notarios tienen la capacidad de legalizar los divorcios, una facultad que antes estaba reservada exclusivamente a los jueces.
¿Qué es el divorcio exprés?
El divorcio exprés es un procedimiento legal que permite a dos personas disolver su matrimonio sin la necesidad de pasar por un juicio. Este tipo de divorcio se caracteriza por ser el más rápido y económico, ya que no requiere la presentación de pruebas ni la intervención de testigos, siempre y cuando exista un acuerdo mutuo entre las partes.
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En este artículo, nos enfocaremos en el procedimiento de divorcio ante notario, aunque los requisitos son similares a los de un divorcio de mutuo acuerdo ante el Letrado de la Administración de Justicia. ¡Sigue leyendo!
Características del divorcio exprés
Para optar por un divorcio ante notario, es imprescindible que ambas partes estén de acuerdo y que no existan hijos menores no emancipados o con discapacidades que dependan de los padres.
Convenio regulador
Un convenio regulador es esencial en este proceso. Este documento no solo refleja la voluntad inequívoca de los cónyuges de divorciarse, sino que también establece las medidas que regirán tras el divorcio, como la asignación del uso de la vivienda familiar, la contribución a los gastos del matrimonio y cualquier posible pensión compensatoria.
Divorcio exprés con hijos
Si los hijos son mayores de edad o están emancipados, deben consentir las medidas que les afecten, especialmente si no tienen ingresos propios y viven en el hogar familiar. Este consentimiento puede darse personalmente o a través de un representante.
Este requisito es igualmente necesario en el caso de un divorcio judicial. Si hay hijos menores de edad o mayores con medidas de apoyo establecidas judicialmente, la competencia recae exclusivamente en los jueces y tribunales.
Requisitos para el divorcio exprés
Para llevar a cabo un divorcio exprés, se deben cumplir las siguientes condiciones:
- Mutuo acuerdo entre los cónyuges.
- Un mínimo de tres meses de matrimonio.
- Ausencia de hijos menores de edad o legalmente incapacitados.
- Presentación de un convenio regulador.
- Residencia en España de al menos uno de los cónyuges.
Proceso de tramitación
El divorcio debe gestionarse ante un notario del último domicilio común o del lugar de residencia habitual de cualquiera de los cónyuges. El notario verificará que ambas partes comprenden y aceptan los términos del convenio, asegurándose de que es justo para ambos y no perjudica a ninguno.
Una vez verificados todos los requisitos legales, se firmará la escritura de divorcio, que el notario comunicará al Registro Civil.
Documentación necesaria
Para tramitar un divorcio exprés, se necesita:
- Certificado de matrimonio.
- Libro de familia, para acreditar que no hay hijos menores.
- Certificado de empadronamiento de uno de los cónyuges, para determinar la notaría competente.
- Convenio regulador.
- Documentación relativa a la disposición de bienes y deudas, en caso de liquidación de la sociedad de gananciales.
Actualmente, el divorcio ante notario es la opción más recomendable debido a su rapidez y sencillez en los trámites. Sin embargo, si se prefiere acudir al juzgado, también es posible, aunque implicará pagar los honorarios del procurador además de los del abogado.
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Referencia legal
Ley 15/2005, de 8 de julio, que modifica el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil en materia de separación y divorcio.
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